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Policial/Judicial

Increiblemente absuelven a ex ‘pastor’ imputado por violar y embarazar a su hija

Ago 21, 2008
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La Decisión de la segunda sala del tribunal oral de Los Ángeles contó con el voto disidente de uno de sus jueces, quien sí acogió los argumentos dados por el Ministerio Público. Éste planteó que las relaciones sexuales sostenidas entre el inculpado y su pariente –que se prolongaron por más de una década y de las cuales nacieron dos niños-, tuvieron lugar bajo un contexto de constantes amenazas, tanto hacia la presunta víctima, como hacia los demás integrantes de la familia.

La historia, de acuerdo a lo investigado por el Ministerio Público, es como sigue. L.E.B.A., un angelino de 49 años y ex miembro activo de una iglesia evangélica, habría sometido a su hija D.V.B.H. a sistemáticas violaciones, relaciones por la fuerza de las cuales nacieron dos niños. El primero fue dado en adopción el 2001 y en el seno de este hogar, no se habló más del tema, sobre todo, porque el inculpado habría amenazado incluso de muerte a los integrantes de la familia.

Así, los ultrajes siguieron y se extendieron hasta fines del 2007. A principios de octubre, D.V.B.H. llegó hasta la unidad de Urgencias del hospital base de Los Ángeles. Acusaba intensos dolores abdominales los que, luego del examen pertinente que le practicó el facultativo de turno, quedó en evidencia se debían a un embarazo de cinco meses de gestación.

En ese entonces de 21 años, la joven no supo o no se atrevió a responder cuando fue consultada por el médico acerca de quién era el padre de la criatura. La madre de esta mujer no aguantó más lo que estaba pasando y decidió confesarlo a la policía: el responsable del estado de gravidez de su hija era su marido, es decir, el papá de la embarazada y, además de progenitor del bebé, abuelo de éste.

Con esos antecedentes, el individuo fue detenido por la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y de Menores (Brisexme) en las inmediaciones del recinto asistencial. En su confesión, reconoció los hechos, pero los justificó bajo su particular prisma, señalando que éstos fueron consentidos desde siempre, esto es, desde que su pariente tenía 12 años.

En cuanto a los supuestos abusos sexuales que habría perpetrado en contra de su segunda hija –hoy de 18 años-, aseveró que no hubo ilícitos, sino que lo que la adolescente entendía como un abuso, era en realidad un juego.

En su oportunidad, la jueza de garantía Cherie Palomera decretó la prisión preventiva para el imputado, luego que la fiscalía local le formalizara por violaciones reiteradas y abusos sexuales reiterados, las primeras en contra de su hija de 21 años, y los otros, en la persona de la menor.

Desde ese día, el inculpado ha permanecido en la cárcel de Los Ángeles, aguardando el juicio que finalmente se le hizo entre el lunes y ayer.

La segunda sala del tribunal oral de nuestra ciudad, compuesta esta vez por los magistrados Christian Osses, Carlos de Borguie y Pablo Freire, analizó los argumentos entregados por ambas partes, entregando su resolución cerca de las 16 horas de ayer.

Según la conclusión de dos de los tres jueces –voto en contra de quien presidió la sala- L.E.B.A no tiene responsabilidad en los ultrajes de los que se le acusaba en calidad de autor. Estimaron que las relaciones sexuales entre el supuesto agresor y su víctima fueron de mutuo acuerdo, desvirtuando lo señalado por la propia presunta afectada, quien refirió en las audiencias cómo su padre la intimidaba para que acudiera a su habitación para “estar con él”.

Interpretaron que las amenazas mencionadas por la joven –quemar la casa, usar un cuchillo de no acceder a sus requerimientos- carecían de la consistencia suficiente como para creer que éstas la obligaron a intimar con el imputado durante más de una década y, por el contrario, dieron crédito a lo expuesto por un hermano y un primo del acusado quienes, a grandes rasgos, declararon que hija y padre mantenían una relación “amistosa”, incompatible con una situación como la expuesta por el Ministerio Público.

Según el voto de mayoría, no es descartable que, en un principio, las relaciones entre inculpado y su descendiente se hayan materializado por la fuerza, pero determinar aquello será resorte del juzgado del crimen, puesto que el tribunal oral en lo penal sólo tiene competencia por los ilícitos cometidos desde diciembre del 2003, año en que entró en vigencia en la Región del Bío Bío la Reforma Procesal Penal.

Entre la prueba aportada por la fiscalía local, está el examen de ADN que certifica la paternidad del ex pastor sobre la criatura que dio a luz hace algunos meses su último hijo, embarazo que dio origen a la investigación.

El magistrado Osses se allanó a la tesis del fiscal Castro, calificando, con los mismos elementos, como violaciones los hechos acaecidos entre el 16 de diciembre de 2003 y abril de 2007, postura que, frente a la opinión de sus compañeros de sala, resultó insuficiente para llegar a una condena.

La culpabilidad del maestro constructor, eso sí, se estableció respecto de los abusos sexuales reiterados, perpetrados en contra de su otra hija, desde diciembre de 2003 a diciembre de 2004. Crucial para ello, fue lo narrado en el juicio por la afectada, quien recordó ante el tribunal que su progenitor tocaba diferentes partes de su cuerpo, sin importar que ella se oponía a estas anormales conductas.

Conocido lo resuelto, la defensa y la parte acusadora debatieron la manera en que el condenado debe cumplir su castigo por estos hechos. El fiscal Castro pidió que sea de manera efectiva, considerando que a víctima y victimario los une una relación de parentesco, la cual agrava lo ocurrido. Por su parte, la defensa apeló a que se le otorgue una pena alternativa a la privación de libertad.

La segunda sala dará a conocer lo decidido el próximo sábado, cuando se lleve a cabo la lectura de sentencia correspondiente.

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